El Evangelio A la Luz del Cosmos 

provocados por la acción condenable, pueden extenderse a los 

demás familiares, amigos y hasta el círculo de sus relaciones 

públicas. Es algo parecido a lo que sucede con un astro que se 

desvía de su curso o ritmo cósmico, cuyo hecho perturbador ter-

mina causando prejuicio a sus satélites, los cuales se ligan por 

el misma mecanismo astronómico. En síntesis, este concepto es 

explicado científicamente por la física: a cada acción corres-

ponde una reacción de igual intensidad o sentido contrario. Por 

la psicología y a través del mecanismo de proyección, estamos 

juzgando en otro ser nuestras propias imperfecciones.

Pregunta: 

El concepto de “Bienaventurados los que sufren 

persecuciones de la justicia”, ¿también podría ajustarse a las 

máximas de “No juzguéis para no ser juzgados” y “No condenéis 

para no ser condenados”?

Ramatís: 

Conforme a los postulados de la “Ley del Karma”, 

cualquier injusticia que el espíritu pueda causar a otros en sus 

encarnaciones, tendrá que indemnizar o pagar, si es que cabe el 

término, a la víctima en forma satisfactoria por el error cometi-

do, tanto como sea, es decir, en lo moral y físico. Ello comprue-

ba que permanece indestructible en la persona el sentido de la 

responsabilidad espiritual de pagar a quien fuera injustamente 

afectado. En consecuencia, la Ley del Karma también asegura 

a todos los inocentes y perseguidos del mundo, una indemniza-

ción, doble o triple, que será cumplida por sentencia correctiva 

por el culpable. Además de obligar a los culpables con la indem-

nización que sirve de cobertura compensadora a quien afectó 

injustamente, la Ley proporciona a su vez, nuevos caminos de 

recuperación espiritual a la víctima, la cual debe ajustarse de 

inmediato al mismo grado que debería encontrarse cuando fue 

indebidamente afectado.

De ahí la temática fundamental de Jesús cuando enunció el 

concepto de “Bienaventurados los perseguidos por la justicia” o 

sea, las almas heridas por las calumnias, infamias e ignominia, 

puesto que serán resarcidas espiritualmente de sus dolores y 

perjuicios, porque la Divinidad no permite el agravio o distor-

sión, por pequeño que sea, en su justicia. El término indemni-

zación, que es tan familiar en los intercambios y especulaciones 

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