El Evangelio A la Luz del Cosmos
provocados por la acción condenable, pueden extenderse a los
demás familiares, amigos y hasta el círculo de sus relaciones
públicas. Es algo parecido a lo que sucede con un astro que se
desvía de su curso o ritmo cósmico, cuyo hecho perturbador ter-
mina causando prejuicio a sus satélites, los cuales se ligan por
el misma mecanismo astronómico. En síntesis, este concepto es
explicado científicamente por la física: a cada acción corres-
ponde una reacción de igual intensidad o sentido contrario. Por
la psicología y a través del mecanismo de proyección, estamos
juzgando en otro ser nuestras propias imperfecciones.
Pregunta:
El concepto de “Bienaventurados los que sufren
persecuciones de la justicia”, ¿también podría ajustarse a las
máximas de “No juzguéis para no ser juzgados” y “No condenéis
para no ser condenados”?
Ramatís:
Conforme a los postulados de la “Ley del Karma”,
cualquier injusticia que el espíritu pueda causar a otros en sus
encarnaciones, tendrá que indemnizar o pagar, si es que cabe el
término, a la víctima en forma satisfactoria por el error cometi-
do, tanto como sea, es decir, en lo moral y físico. Ello comprue-
ba que permanece indestructible en la persona el sentido de la
responsabilidad espiritual de pagar a quien fuera injustamente
afectado. En consecuencia, la Ley del Karma también asegura
a todos los inocentes y perseguidos del mundo, una indemniza-
ción, doble o triple, que será cumplida por sentencia correctiva
por el culpable. Además de obligar a los culpables con la indem-
nización que sirve de cobertura compensadora a quien afectó
injustamente, la Ley proporciona a su vez, nuevos caminos de
recuperación espiritual a la víctima, la cual debe ajustarse de
inmediato al mismo grado que debería encontrarse cuando fue
indebidamente afectado.
De ahí la temática fundamental de Jesús cuando enunció el
concepto de “Bienaventurados los perseguidos por la justicia” o
sea, las almas heridas por las calumnias, infamias e ignominia,
puesto que serán resarcidas espiritualmente de sus dolores y
perjuicios, porque la Divinidad no permite el agravio o distor-
sión, por pequeño que sea, en su justicia. El término indemni-
zación, que es tan familiar en los intercambios y especulaciones
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